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Resumen sencillo Articulos 21 & 22 – Ley 21.442.-

Resumen sencillo Articulos 21 & 22 – Ley 21.442.-

Artículo 21: Rendición de cuentas del administrador El administrador del condominio debe rendir cuentas detalladas y con respaldo documental: Cada mes al comité de administración. En cada asamblea ordinaria a todos los copropietarios. Al finalizar su gestión. Esta...